Normativa SENIAT

SENIAT eliminó la homologación de facturación en 2026

• 4 min de lectura

¿Sigue existiendo la homologación de sistemas de facturación en Venezuela?

No. Desde el 12 de agosto de 2026 dejó de existir cualquier régimen de homologación, autorización previa o auditoría del SENIAT sobre los proveedores de sistemas informáticos de facturación. Lo eliminó la Providencia Administrativa SNAT/2026/00084, publicada en la Gaceta Oficial N° 43.435 de esa fecha, que en dos artículos deroga íntegramente la norma anterior.

Desde esa fecha no existe un listado de proveedores certificados ni un requisito de “software homologado por el SENIAT”.

Qué exigía la norma derogada

La Providencia SNAT/2024/000121, publicada el 19 de diciembre de 2024, obligaba a los proveedores de sistemas informáticos de facturación a tramitar una autorización previa ante el SENIAT (Art. 2), pasar una evaluación técnica vinculante (Art. 5) y cumplir una serie de requisitos técnicos (Art. 3). Entre ellos estaba el literal “h” del Artículo 3, que obligaba al proveedor a otorgar al SENIAT una clave de consulta con acceso al propio sistema informático y a su interfaz de programación (API).

La norma también responsabilizaba al proveedor de software como coautor de una eventual defraudación tributaria cometida por su cliente (Disposición Final Quinta), y exigía notificar de inmediato al SENIAT cualquier irregularidad detectada en el sistema del sujeto pasivo (Art. 8, numeral 4).

Qué cambió con la Providencia SNAT/2026/00084

La Providencia SNAT/2026/00084 tiene sólo dos artículos: el primero deroga por completo la 000121, y el segundo fija su entrada en vigencia desde la publicación. Con esto desaparecen, entre otras cosas:

  • El régimen de homologación y autorización previa de los sistemas de facturación (Capítulo III de la 000121).
  • La obligación de otorgar acceso al sistema y a la API al SENIAT (Art. 3, literal h).
  • La responsabilidad del proveedor de software como coautor de defraudación tributaria del cliente (Disposición Final Quinta).
  • La causal de revocatoria de la autorización, porque ya no hay autorización que revocar (Art. 13).

Ninguna otra providencia sustituyó ese régimen. Mientras el SENIAT no dicte una norma nueva, un sistema de facturación no necesita ningún trámite de homologación para operar.

Lo que sigue vigente y no debe confundirse con la homologación

La derogatoria de la 000121 no toca los requisitos que debe cumplir cada documento fiscal que se emite: eso lo sigue regulando la Providencia SNAT/2011/0071 para facturas emitidas por máquina fiscal o forma libre, y la Providencia SNAT/2024/000102 para la facturación digital a través de imprentas digitales autorizadas.

Tampoco desaparece la figura de la imprenta digital autorizada: la 000102 sigue exigiendo que quien asigna números de control a los documentos digitales esté autorizado por el SENIAT (Capítulo IV de la 000102). Lo que se eliminó fue la homologación del sistema de gestión que genera la factura antes de llegar a la imprenta digital, no la autorización de la imprenta digital en sí.

Esta distinción es importante porque son dos cosas distintas: un sistema de facturación (como el que usa un comercio para llevar su inventario, sus clientes y generar sus documentos) ya no necesita homologación; la imprenta digital que le asigna el número de control a esos documentos sí sigue autorizada por el SENIAT bajo la 000102.

Qué facultades le quedan al SENIAT sobre un sistema de facturación

Con la derogatoria de la 000121 no desaparece toda posibilidad de fiscalización: el Artículo 137 del Código Orgánico Tributario mantiene las facultades de fiscalización del SENIAT, entre ellas exigir la exhibición de documentos e información. Y la Providencia 000102 sigue obligando al emisor digital autorizado a permitir el acceso permanente del SENIAT para consultar las facturas emitidas (Art. 18, numeral 7) y a la imprenta digital a garantizarle acceso permanente a su sistema (Art. 29, numeral 5). Lo que desapareció fue la obligación del proveedor del sistema de gestión de entregar al SENIAT una clave de consulta a ese sistema y a su API (Art. 3, literal h de la 000121).

Por qué es relevante para tu negocio hoy

Si evalúas cambiar de sistema de facturación, contratar un software administrativo o simplemente entender qué te puede pedir el SENIAT, ten presente que:

  • No existe un listado oficial de “sistemas homologados” que debas verificar antes de contratar un proveedor de software administrativo.
  • La obligación real que tiene tu negocio pasa por el régimen de emisión de documentos que te corresponda: máquina fiscal, forma libre o facturación digital, según tu actividad y tus operaciones. Este tema se desarrolla con más detalle en Máquina fiscal o factura digital: cuál te toca usar.

En resumen

La homologación de sistemas de facturación en Venezuela terminó el 12 de agosto de 2026. Lo que un comerciante necesita verificar de su sistema no es una certificación inexistente, sino que emita documentos que cumplan los requisitos de la Providencia 0071 o de la Providencia 000102, según el medio de emisión que use.

Cómo se hace en Cachicamo App

Cachicamo App no depende de ningún trámite de homologación frente al SENIAT: se integra con las imprentas digitales que sí están autorizadas por el ente regulador para asignar números de control y emitir los documentos fiscales conforme a la Providencia SNAT/2024/000102.

Preguntas frecuentes

¿Sigo necesitando que mi sistema de facturación esté homologado por el SENIAT?+

No. Desde el 12 de agosto de 2026 no existe ningún régimen de homologación ni autorización previa para los sistemas informáticos de facturación. La Providencia SNAT/2026/00084 derogó por completo la norma que lo exigía.

¿Qué pasó con la Providencia 000121?+

Quedó derogada íntegramente por la SNAT/2026/00084, publicada en Gaceta Oficial N° 43.435 del 12 de agosto de 2026. Ya no rige ninguno de sus artículos.

¿Qué riesgo corro si mi proveedor de software no está "certificado"?+

Ninguno derivado de la falta de homologación, porque esa figura ya no existe. Lo que sigue vigente son los requisitos de la factura misma y las obligaciones del régimen de facturación digital que te corresponda según tu forma de operar.

Fuentes legales

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