Archivo XML de retenciones de ISLR: guía para el agente
Qué es la relación de retenciones de ISLR
El Decreto N° 1.808, en su Art. 23°, obliga a todo agente de retención a presentar ante la Administración Tributaria una relación con la identificación de las personas o comunidades a quienes les practicó retenciones de ISLR por los conceptos del Capítulo III (honorarios, comisiones, arrendamientos, contratistas y demás actividades distintas a sueldos), las cantidades pagadas o abonadas en cuenta y los impuestos retenidos y enterados.
Cuándo se presenta
El plazo del Art. 23° es de los dos primeros meses del ejercicio fiscal siguiente, referido a las retenciones del año o período anterior; si el negocio cesa actividades, el plazo corre desde los dos meses siguientes a esa fecha. Si se trata de loterías, hipódromos u otros establecimientos similares, la relación anual debe indicar además el total de los premios pagados, el impuesto retenido y enterado, y la cantidad repartida a los beneficiarios.
Qué formato acepta
El Art. 25° del Decreto 1808 permite presentar esta información en los formularios que edite o autorice la Administración Tributaria, o mediante listados, discos, cintas y cualquier otro medio de sistemas automatizados de procesamiento de datos, conforme a los lineamientos y esquemas que el SENIAT publique en Gaceta Oficial. Un archivo XML de retenciones corresponde a ese medio automatizado.
Qué se debe conservar
El Parágrafo Único del Art. 25° obliga a los agentes de retención que registran sus operaciones con sistemas de procesamiento de datos a conservar, mientras el tributo no esté prescrito, los programas y medios magnéticos u otros similares que usaron para producir esas relaciones. Cada archivo generado debe guardarse junto con el rango de fechas que reportó.
La relación ante el SENIAT y el comprobante individual son documentos distintos
La relación del Art. 23° agrupa, ante la Administración Tributaria, las retenciones de ISLR practicadas a todos los proveedores en el período; no incluye la relación de sueldos y salarios de los trabajadores, que es un reporte de nómina regido por normas distintas. Además de esa relación, el Art. 24° obliga a entregar a cada proveedor el comprobante individual de la retención que se le practicó, por cada operación: revisa qué datos lleva el comprobante de retención de ISLR para conocer ese documento aparte, dirigido al proveedor y no al SENIAT. Uno reporta el conjunto anual a la Administración Tributaria; el otro documenta cada operación individual frente a quien la sufrió.
Qué pasa si no se presenta la relación
No presentar la relación anual dentro del plazo que fija el Art. 23° del Decreto 1808 está tipificado como ilícito tributario formal en el Artículo 103, numeral 2 del Código Orgánico Tributario, que sanciona con multa de cincuenta (50) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela no presentar las comunicaciones que establezcan las leyes o reglamentos, categoría en la que encaja esta relación exigida por un reglamento parcial de la Ley de ISLR. El deber de presentarla corre independientemente de que el agente haya practicado pocas o muchas retenciones en el ejercicio.
Ejemplo
Un negocio le pagó honorarios a tres contratistas independientes durante el año y les retuvo ISLR sobre cada pago. Dentro de los dos primeros meses del ejercicio fiscal siguiente, ese negocio debe presentar ante la Administración Tributaria la relación con la identificación de cada uno de esos tres contratistas, las cantidades que les pagó o abonó en cuenta durante el año, y el impuesto que les retuvo y enteró en cada caso. Esa relación reúne, para el rango de fechas del ejercicio a reportar, el detalle de cada proveedor y cada pago sobre el que se practicó la retención.
Cómo se hace en Cachicamo App
Cachicamo App genera el archivo XML con las retenciones de ISLR hechas a tus proveedores en un rango de fechas, listo para reportar al SENIAT.
- 1 Ve a Retenciones → Comprobantes en el menú principal.
- 2 Selecciona la sección Generar XML de ISLR.
- 3 Selecciona el rango de fechas del período a reportar.
- 4 Haz clic en Exportar: se genera un archivo .xml compatible con el portal del SENIAT.
▶ Preguntas frecuentes
¿Qué proveedores van en la relación de retenciones de ISLR?+
Los beneficiarios de los pagos sujetos a retención del Capítulo III del Decreto 1808 (honorarios, comisiones, arrendamientos, contratistas y demás conceptos), con la identificación de cada uno, las cantidades pagadas o abonadas en cuenta y los impuestos retenidos y enterados en el período.
¿Con qué frecuencia se presenta la relación de retenciones de ISLR?+
El Decreto 1808 la exige dentro de los dos primeros meses del ejercicio fiscal siguiente, referida a las retenciones del año o período anterior, o dentro de los dos meses siguientes a la fecha de cese de actividades del negocio.
¿El archivo se genera en cualquier formato?+
El Decreto 1808 permite usar los formularios que edite o autorice la Administración Tributaria, o listados, discos, cintas y otros medios de sistemas automatizados de procesamiento de datos, según los lineamientos que el SENIAT publique en Gaceta Oficial.
¿Se debe guardar algo después de generar el archivo?+
El Decreto 1808 obliga a conservar, mientras el tributo no esté prescrito, los programas y medios magnéticos u otros similares usados para producir esas relaciones.
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