Alícuota 0% del IVA: exportaciones y venta a PDVSA
Qué dice la ley sobre la alícuota 0%
El Artículo 27 de la Ley del IVA fija la alícuota impositiva general entre un mínimo de 8% y un máximo de 16,5%, pero establece dos excepciones a tasa cero: la alícuota aplicable a las ventas de exportación de bienes muebles corporales y a las exportaciones de servicios será del cero por ciento (0%), y la alícuota aplicable a las ventas de hidrocarburos naturales efectuadas por las empresas mixtas reguladas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos a Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) o a cualquiera de sus filiales, también será del cero por ciento (0%).
Qué cuenta como venta de exportación
El Artículo 4, numerales 6 y 7 de la Ley del IVA define la venta de exportación de bienes muebles corporales como aquella en la que se produce la salida de los bienes del territorio aduanero nacional, siempre que sea a título definitivo y para su uso o consumo fuera de ese territorio. La exportación de servicios, por su parte, exige que los beneficiarios o receptores no tengan domicilio ni residencia en el país y que los servicios se utilicen o aprovechen exclusivamente en el extranjero.
Alícuota 0% no es lo mismo que exención
La diferencia importa para el crédito fiscal: una operación gravada a tasa cero sigue siendo una actividad que genera derecho a deducir el crédito fiscal soportado en las compras y servicios necesarios para realizarla. El Artículo 33 reserva el derecho a deducir créditos fiscales a las actividades que generan débito fiscal o están sujetas a alícuota cero, y el Artículo 43 permite a los contribuyentes ordinarios que exportan bienes o servicios de producción nacional recuperar los créditos soportados en esa actividad. Una operación exenta no está en ninguno de los dos supuestos.
Menos requisitos formales para la factura de exportación
El Parágrafo Tercero del Artículo 57 de la Ley del IVA exime a las operaciones de exportación del cumplimiento de ciertos requisitos, formalidades y especificaciones exigidos para la impresión y emisión de facturas y documentos equivalentes en el régimen general — un tratamiento distinto al de una factura doméstica ordinaria.
Límites al derecho de deducir el crédito fiscal
El mismo Artículo 33 de la Ley del IVA que reserva el derecho a deducir el crédito fiscal a las actividades gravadas a tasa cero fija tres condiciones para ejercerlo: que el crédito corresponda a costos, gastos o egresos propios de la actividad económica habitual del exportador; que no exceda el impuesto legalmente procedente; y que esté amparado en la declaración, en la liquidación de la Administración o en un documento que cumpla los requisitos mínimos de la Ley. El derecho a deducir se pierde si no se ejerce dentro de los doce períodos impositivos siguientes a la fecha de emisión de la factura, de la nota de débito, de la declaración de aduanas o del comprobante de pago del impuesto, según corresponda.
Cómo se recupera el crédito fiscal de una actividad exportadora
El Artículo 43 de la Ley del IVA remite al Reglamento el procedimiento y los requisitos para tramitar la recuperación de los créditos fiscales soportados por la actividad de exportación, e incluye a las empresas mixtas de hidrocarburos que venden a PDVSA como asimiladas a los contribuyentes ordinarios exportadores para este mismo régimen de recuperación. La Administración Tributaria puede crear un registro especial para estos contribuyentes a los solos efectos de su control, y exigir garantías que protejan los derechos del Fisco antes de aprobar la recuperación. La solicitud es mensual y sólo puede comprender los créditos fiscales de un único período de imposición.
Relacionado: Crédito fiscal vs. retenciones de IVA · Prorrateo del crédito fiscal de IVA
Cómo se hace en Cachicamo App
La alícuota 0% se configura como cualquier otro impuesto en Cachicamo App: se crea con esa tasa y se aplica a los productos de la factura de exportación. El sistema no valida por sí mismo si la operación concreta califica legalmente como exportación; esa calificación es responsabilidad del negocio.
- 1 Ve a Configuración → Impuestos y crea un impuesto nuevo con alícuota 0%.
- 2 Al facturar, selecciona ese impuesto en los productos de la venta de exportación.
- 3 El sistema calcula la factura con el IVA en cero, dejando la operación registrada como gravada a tasa cero.
Preguntas frecuentes
¿Toda exportación tiene alícuota 0%?+
La Ley del IVA fija en 0% la alícuota para la venta de exportación de bienes muebles corporales y para la exportación de servicios, siempre que se cumplan las condiciones que la propia ley define para calificar una operación como exportación.
¿Cómo configuro la alícuota 0% en Cachicamo App?+
Se crea como un impuesto al 0% desde Configuración → Impuestos y se aplica a los productos de la factura de exportación como cualquier otro impuesto.
¿La alícuota 0% es lo mismo que estar exento?+
No. Una operación con alícuota 0% sigue siendo una operación gravada por el IVA, sólo que a tasa cero, lo que le da derecho al exportador a deducir el crédito fiscal soportado en sus compras; una operación exenta no da derecho a deducirlo ([Art. 33](https://docs.cachicamo.app/fiscal/ley-iva-2020#articulo-33) de la Ley del IVA).
Fuentes legales
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