IVA

Factura no fidedigna: cuándo pierdes el crédito fiscal

• 3 min de lectura

Qué hace que una factura sea “no fidedigna” para el IVA

El Artículo 57 del Reglamento de la Ley del IVA de 1999 define este concepto para efectos del impuesto:

“Se entiende por facturas no fidedignas aquellas que contengan irregularidades que hagan presumir que no se ajustan a la verdad, porque su numeración y fecha no guarda la debida continuidad con las restantes facturas, tengan adulteraciones, enmendaduras o interlineaciones, no concuerden con los asientos contables que registran la operación respectiva, no coincida con el contenido de los distintos ejemplares o copias de la misma factura, u otras anormalidades semejantes.”

Es un concepto de indicios: no exige probar un engaño deliberado, sino que el documento presente alguna de estas irregularidades objetivas que hagan dudar de su veracidad.

La diferencia con una factura falsa

El mismo artículo distingue la factura no fidedigna de la falsa:

“Deben calificarse de falsas las facturas que faltan a la verdad o realidad en los actos contenidos en ellas. Esta falsedad podrá ser tanto material, esto es, que altere el sentido del documento mismo en su materialidad, como falsedad ideológica, por dejar constancia de hechos falsos o inexistentes, aun siendo las formas empleadas aparentemente reales o auténticas, como por ejemplo, indicar falsamente el nombre o razón social del contribuyente, su domicilio fiscal, número de registro de contribuyente o monto de la operación o del impuesto correspondiente; o adulterar la identidad del emisor o receptor de la factura.”

La factura falsa es un concepto más grave: no basta con una irregularidad formal, sino que el contenido mismo no corresponde a la realidad de la operación o de las partes.

Los requisitos que sostienen el crédito fiscal

El Artículo 55 del Reglamento de la Ley del IVA exige, para que el impuesto soportado en una compra constituya crédito fiscal, que corresponda a costos, gastos o egresos propios de la actividad económica habitual del contribuyente y que el impuesto se haya consignado en la factura o documento equivalente en forma separada del precio. Una factura no fidedigna o falsa compromete precisamente esa base documental sobre la que se sostiene el crédito.

Qué hacer ante una factura irregular

Ante cualquiera de las irregularidades del Artículo 57 —numeración discontinua, enmendaduras, datos que no concuerdan entre copias, o inconsistencia con los registros contables de la operación—, lo prudente es solicitar al proveedor la corrección del documento o la emisión de uno nuevo antes de usarlo como soporte del crédito fiscal, en vez de asumir el riesgo de que la Administración Tributaria rechace ese crédito en una fiscalización.

Cuánto representa el crédito fiscal comprometido

El impuesto que queda en riesgo es el que la factura discrimina como IVA sobre el precio de la compra. Con la alícuota general vigente del 16% (Artículo 63 de la Ley del IVA), una compra de 1.000 dólares con una factura que resulte no fidedigna o falsa expone 160 dólares de crédito fiscal que la Administración Tributaria puede rechazar, además del riesgo de que el gasto o costo asociado tampoco se admita a efectos del Impuesto sobre la Renta si la operación no puede sostenerse con otro soporte.

No confundir con el rechazo del crédito por otras causas

El Artículo 57 regula un supuesto distinto al de la clasificación del crédito fiscal que hace quien registra la compra: una factura puede estar correctamente emitida, sin ninguna de las irregularidades del Artículo 57, y aun así corresponder a una compra no deducible por no ser propia de la actividad económica del negocio, o ser sólo parcialmente deducible cuando el contribuyente realiza operaciones gravadas y exentas a la vez. Esa clasificación —Deducible, Prorrateable o No deducible— depende del destino de la compra, no de si el documento es fidedigno.

Cómo se hace en Cachicamo App

Al registrar una factura de proveedor (compra), Cachicamo App te permite clasificar el crédito fiscal del IVA de esa compra como Deducible, Prorrateable o No deducible; esta clasificación no evalúa si la factura es fidedigna, eso queda a criterio de quien registra la compra.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una factura no fidedigna?+

Según el [Artículo 57](https://docs.cachicamo.app/fiscal/reglamento-ley-iva-1999#articulo-57) del Reglamento de la Ley del IVA, es aquella que presenta irregularidades que hacen presumir que no se ajusta a la verdad: su numeración y fecha no guardan continuidad con las demás facturas del emisor, tiene adulteraciones, enmendaduras o interlineaciones, no concuerda con los asientos contables de la operación, o no coincide entre sus distintos ejemplares o copias.

¿Es lo mismo una factura no fidedigna que una falsa?+

No. El mismo [Artículo 57](https://docs.cachicamo.app/fiscal/reglamento-ley-iva-1999#articulo-57) distingue: la factura falsa falta a la verdad de los hechos que contiene, sea por falsedad material (que altera el documento en su materialidad) o ideológica (deja constancia de hechos falsos o inexistentes, como un nombre, domicilio fiscal o RIF falso). La no fidedigna es un concepto más amplio, de indicios de irregularidad.

¿Pierdo el crédito fiscal si la factura de mi proveedor no trae mi RIF?+

El Reglamento no lista ese caso puntual entre los ejemplos de factura no fidedigna, pero el requisito del RIF del comprador es uno de los que la normativa de facturación exige para que el documento respalde el crédito fiscal; conviene pedirle al proveedor que la corrija antes de usarla como soporte.

¿Puedo pedirle al proveedor que corrija una factura irregular?+

Sí. Ante cualquier error o dato que no concuerde, lo indicado es solicitar al proveedor la corrección o la emisión de un nuevo documento antes de registrar la compra, en vez de asumir el riesgo de sostener un crédito fiscal sobre un documento irregular.

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